Title VI
La Civil Rights
Act de 1964
Telefono: 405-521-2072
Número de teléfono gratuito:
1-800-788-4539
Fax: 405-522-2136
Civil Rights Division
200 N.E. 21st Street, Rm. 1-C5
Oklahoma City, OK 73105
http://www.okladot.state.ok.us/
Departamento de Oklahoma
de Transporte
Oklahoma Department of Transportation
“ninguna persona en los Estados Unidos
quedará en motivos de raza, color u origen
nacional, excluida de la participación en,
puede negar los beneficios de o ser
sometida a discriminación bajo ningún
programa o actividad que reciba asistencia
financiera Federal.”
"Simple justicia requiere que no se destine
fondos públicos, a la que contribuyen
todos los contribuyentes de todas las
razas, de cualquier manera que alienta,
entrenches, subvenciona o resultados en
la discriminación racial."
-Presidente John f. Kennedy, en su
mensaje pidiendo la promulgación del
Título VI, 1963
Usted debe ser consciente de que un destinatario
es prohibido represalias contra usted o cualquier
persona porque él o ella se opuso a un ilegal
política o práctica, o había hecho cargos, testificó,
o participado en ninguna acción de denuncia bajo
el título VI. Si usted cree que ha sido tomó
represalias contra, debe comunicarse
inmediatamente con la ODOT.
Cualquier Estado, territorio, posesión, el distrito de
Columbia, Puerto Rico, o cualquier subdivisión
política, o Instrumentalidad, o cualquier organismo
público o privado, institución, organización, o otra
entidad o cualquier persona, en cualquier Estado,
territorio, posesión, el distrito de Columbia o Puerto
Rico, a quien se extiende asistencia federal,
directamente o a través de otro destinatario, para
cualquier programa. Destinatario incluye cualquier
sucesor, cesionario o cesionario de los mismos. El
destinatario del término no incluye a cualquier
beneficiario final de cualquier programa de ese
tipo.
¿Qué sucede si el
destinatario tomó
represalias contra mí para
hacer valer mis derechos
o presentar una queja?
Cada agencia Federal que proporciona asistencia
financiera federal, así como la ODOT como un
receptor de asistencia financiera Federal es
responsable de investigar las denuncias de
discriminación sobre la base de la raza, el color o el
origen nacional en el uso de sus fondos. Si usted
cree que usted u otros protegidos en el Título VI
han discriminado, puede presentar una queja con la
Agencia Federal que proporciona fondos para el
programa donde crees que se está produciendo la
discriminación o la ODOT. Las quejas presentadas
con el ODOT deben dirigirse a:
Hay muchas formas de discriminación ilegal basada
en la raza, el color o el origen nacional que puede
limitar la oportunidad de las minorías para obtener
igualdad de acceso a servicios y programas. Entre
otras cosas, en el funcionamiento de un programa
federalmente asistido, un destinatario no, sobre la
base de la raza, el color o el origen nacional, ya sea
directamente o a través de medios contractuales:
Un programa de denegar servicios, ayudas o
beneficios;
Proporcionar un servicio diferente, ayuda o
beneficios, o les proporcionan de manera
diferente a la se ofrecen a los demás; o
Segregan o por separado tratar individuos en
cualquier asunto relacionado con la recepción de
cualquier servicio, ayuda o beneficio.
Oklahoma Department of Transportation
Civil Rights Division
200 N.E. 21st Street, Rm. 1-C5
Oklahoma City, OK 73105-3204
Debe presentarse una queja firmada y por escrito
dentro de los 180 días de la fecha de la
supuesta discriminación. El formulario de queja
de título VI está disponible en el sitio web de la
ODOT o por ponerse en contacto con la División
de Derechos Civiles de la ODOT. Información de
la denuncia debe incluir:
1. Su nombre, dirección y número de teléfono. Su
queja debe ser firmada. Si están presentando en
nombre de otra persona, incluya su nombre,
dirección, número de teléfono y su relación con esa
persona (por ejemplo, amigo, abogado, padre, etc).
2. El nombre y la dirección de la Agencia, institución
o departamento que usted cree discriminado contra
usted.
3. Cómo, por qué y cuándo cree usted que fueron
discriminados. Incluir tanta información como sea
posible acerca de los alegados actos de
discriminación. Incluir nombres de personas que
se alegan que discrimina contra usted, si sabes les.
4. Los nombres de las personas, si se conoce, que
la Agencia Investigadora puede contactar para que
obtener información adicional apoyar o aclarar sus
denuncias.
Una vez que se presenta una
queja, será revisado por el departamento para
determinar si tiene jurisdicción para investigar las
cuestiones que se ha planteado. Si se determina que
el ODOT tiene jurisdicción para investigar la
denuncia, se investigarán las denuncias. Si se
encuentran violaciones del Título VI, el
departamento intentará resolverlos. Si la
denuncia es contra el ODOT se remitirá a la
Agencia Federal que proporciona fondos para el
programa o proyecto en cuestión. Todos los anuncios;
Las propuestas de la puja, solicitudes y
evaluaciones;
Contratos y subcontratos;
Título VI informes, cuestiones y quejas:
reuniones públicas y reuniones internas
relacionadas con el Título VI se documentarán y
informes remitidos al Título VI coordinador;
Las disposiciones del contrato de Título VI y
otros documentos legales;
otras áreas de oficina donde puede existir
discriminación.
Quejas pueden ser presentadas por cualquier
persona o grupo que cree:
Que se han violado sus derechos, bajo el Título
VI de manera discriminatoria.
Que del departamento programas o
actividades no cumplen con las leyes
Federales de los derechos civiles.
Que han sido tratadas de manera dispar.
Discriminación:
Un acto (o acción) ya sea intencional o no
intencional a través de que una persona en los
Estados Unidos, únicamente debido a la raza, color,
religión, sexo u origen nacional ha sido lo contrario
sometidos a un trato desigual en virtud de cualquier
programa o actividad que recibe asistencia
financiera desde la autopista Federal
Administration, la Administración Federal de
Tránsito o la Administración Federal de Aviación.
Tratamiento Dispar:
Aplicación arbitraria de las normas y políticas a un
grupo de personas sobre otro. Discriminación se
puede producir cuando las normas y políticas se
aplican de forma diferente a los miembros de
las clases protegidas. Disciplining Hispanos y
Afroamericanos empleados para la tardanza,
ignorando la tardanza entre otros empleados es un
ejemplo de tratamiento dispar.
¿Qué es el Título VI?
T ítulo VI de la ley de Derechos Civiles de
1964, es la ley Federal que protege a los
individuos contra la discriminación sobre la base
de su raza, color u origen nacional en programas
que reciben asistencia financiera Federal.
Título VI de tapas
¿Cómo puedo presentar una
queja de discriminación?
¿Quién puede presentar
una Queja de Título VI?